Publicado 28/09/2024 08:44

Estas son las normas legales más importantes del sábado 28 de setiembre del 2024

Lima, 28 Sep. (ANDINA) -

El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha del país. Conoce a continuación cuáles son las normas más relevantes de hoy sábado 28 de setiembre del 2024.

Congreso de la República

Ley que modifica la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a fin de mejorar el servicio de la salud. https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF" target="_blank" class="ApplyClass">Ley N° 32127

Por medio de esta norma, se modifica el artículo 8 de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, respecto a las medidas de incorporación del personal. Estableciéndose que se prohíbe la incorporación del personal en el sector público por servicios personales y el nombramiento, salvo en el supuesto que este sea de hasta el 40 % de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, contratados al 31 de julio de 2022 en plazas presupuestadas vacantes.

Congreso de la República

Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de suboficial a oficial de servicios de la Policía Nacional del Perú. Ley N° 32128

Esta ley establece que el Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional del Perú, convoca por única vez un concurso interno excepcional para el cambio de categoría del personal de suboficiales de armas y de servicios a la categoría de oficial de servicios, para su asimilación como capitán. Entre los requisitos estarán que tengan un máximo de 40 años de edad, contar con un mínimo de diez años de servicios ininterrumpidos, contar con título de abogado, estar inscrito y habilitado en el colegio de abogados correspondiente, no estar sometido a proceso administrativo o de investigación disciplinaria por infracción grave o muy grave; o proceso judicial por la comisión de delito doloso, y no registrar a lo largo de su carrera infracciones graves o muy graves.

Poder Ejecutivo

Establecen medidas especiales para fomentar el avance de los proyectos de inversión pública privada y público privada. https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF" target="_blank">Decreto Legislativo N° 1668

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto fomentar el avance de los proyectos de inversión pública, privada y público privada, a través del establecimiento de medidas especiales para facilitar la obtención de títulos habilitantes y demás requerimientos de cualquier naturaleza, así como generar eficiencias en los procesos de planificación, adquisición y expropiación de terrenos y liberación de interferencias relacionados con los referidos proyectos. Asimismo, dispone que se aplique a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como a las personas naturales o jurídicas, que cuenten con competencias o participen, según corresponda, en el desarrollo de los proyectos de inversión pública, privada y público privada.

Poder Ejecutivo

Modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y la Ley Nº 29215 Ley que fortalece los mecanismos de control y fiscalización de la administración tributaria. Decreto Legislativo N° 1669

A través de esta decreto legislativo se modifica la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y la Ley Nº 29215, Ley que fortalece los mecanismos de control y fiscalización de la administración tributaria respecto de la aplicación del crédito fiscal precisando y complementando la última modificación del Texto Único  Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, en cuanto a la regulación del Registro de Compras y la anotación de operaciones en este.

Poder Ejecutivo

Decreto Legislativo que modifica la Ley N° 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF" target="_blank">Decreto Legislativo N° 1671

El presente Decreto Legislativo tiene por objeto modificar el artículo 17 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Sinagerd), referido a la participación de las Fuerzas Armadas en la gestión del riesgo de desastres, en lo correspondiente a la preparación, respuesta y rehabilitación ante situaciones de desastre, de acuerdo con sus competencias y en coordinación y apoyo a las autoridades competentes, conforme a las normas del Sinagerd; a fin de optimizar el empleo de las capacidades del Estado para afrontar las situaciones de emergencias y desastres.

Poder Ejecutivo

Decreto Legislativo para el fortalecimiento y modernización de la gestión y organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE. https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF" target="_blank">Decreto Legislativo N° 1677

A través de este decreto legislativo se establecen disposiciones para fortalecer y modernizar la gestión y organización del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, a fin de optimizar sus competencias, funciones y capacidades institucionales, que permita consolidar su funcionamiento, atendiendo con eficiencia y eficacia los nuevos requerimientos de conocimiento científico, para la sostenibilidad de los recursos pesqueros y actividades acuícolas, la mitigación y adaptación al cambio climático y su impacto en los recursos vivos del mar y aguas continentales.

Ministerio de la Producción

Dan por concluidas las actividades extractivas del recurso bacalao de profundidad a partir de las 00:00 horas del día 29 de setiembre de 2024. https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF" target="_blank">Resolución Ministerial N° 00392-2024-PRODUCE

El Ministerio de la Producción dispuso la conclusión de las actividades extractivas del recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides), a partir de las 00:00 horas del día 29 de setiembre de 2024. Asimismo, precisa que los armadores descargan el recurso extraído y cuentan para el efecto con autorización de zarpe de fecha anterior a la entrada en vigencia de la conclusión de las actividades extractivas a que alude el numeral anterior.

Si deseas acceder al boletín Normas Legales de hoy, https://diariooficial.elperuano.pe/Normas?_ga=2.191074282.15..." target="_blank" class="ApplyClass">haz clic aquí.

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