Publicado 25/06/2024 11:55

Perú.- Reactivación económica: transfieren S/ 93.7 millones para 29 inversiones agrarias

Andina/Jhonel Rodríguez Robles

Lima, 25 Jun. (ANDINA) -

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó hoy la transferencia de hasta 93 millones 709,288 soles a favor de la Reserva de Contingencia del sector y el presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) para el financiamiento de inversiones.

Para ello publicó el Decreto Supremo 112-2024-EF en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

En primer lugar, se autorizó la transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de 35 millones 763,802 soles, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

Luego, se autorizó una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de 57 millones 945,486 soles a favor del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para el financiamiento de 29 inversiones asociadas a la reactivación económica.

Disposiciones

Cabe mencionar que la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al MEF, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios.

La norma detalla que la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, finalidades y unidades de medida.

Asimismo, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la unidad ejecutora para que elabore las correspondientes “notas de modificación presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo.

(FIN) SDD/SDD