Publicado 22/04/2024 11:14

La Comisión Electoral dictamina que no debe repetirse el proceso electoral en la RFEF

Archivo - Fachada de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), a 20 de marzo de 2024, en Madrid (España). La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha lanzado hoy una operación por delitos de corrupción y blanqueo de capitales que incluye
Archivo - Fachada de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), a 20 de marzo de 2024, en Madrid (España). La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha lanzado hoy una operación por delitos de corrupción y blanqueo de capitales que incluye - Óscar J.Barroso/AFP7 - Europa Press - Archivo

MADRID 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Electoral de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado este lunes el recurso interpuesto por Miguel Galán y dos personas más, por lo que el proceso electoral del organismo se mantiene tal y como fue anunciado a principios de abril y no debe repetirse.

"Desestimar el recurso interpuesto el 5 de abril de 2024 por Miguel Ángel Galán Castellanos, David Galán y Mario Otero contra 'el censo electoral de la distribución y miembros de la asamblea de la RFEF de la convocatoria oficial del 5 de abril de 2024'", indica la resolución de la comisión a la que ha tenido acceso Europa Press.

La Comisión Electoral ha apuntado que se debe "continuar el procedimiento electoral por sus trámites, según el calendario electoral aprobado por la Comisión Gestora y debidamente publicado en la convocatoria electoral", aunque contra esta resolución podrá interponerse recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) "en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación".

Miguel Galán, presidente de CENAFE, junto a los también entrenadores David Galán y Mario Otero, presentó un recurso a principios de abril ante el TAD para impugnar la convocatoria de elecciones a la federación por considerar que parte de los asambleístas que conforman la actual Asamblea federativa ya no tienen esa condición y por ello deberían ser sustituidos antes de iniciar un proceso electoral. El TAD lo estimó, pero era la Comisión Electoral la que debía de tomar una decisión.